Aviso del Título VI. El Título VI de la Ley de Derechos Civiles de 1964 prohíbe la discriminación por motivos de raza, color u origen nacional en programas y actividades que reciben asistencia financiera federal. Específicamente, el Título VI establece que «ninguna persona en los Estados Unidos, por motivos de raza, color u origen nacional, será excluida de participar, se le negarán los beneficios ni será objeto de discriminación en ningún programa o actividad que reciba asistencia financiera federal» (Título 42 del Código de los Estados Unidos, Sección 2000d). La Autoridad de Tránsito Interurbano se compromete a garantizar que ninguna persona sea excluida de participar ni se le nieguen los beneficios de sus servicios de transporte por motivos de raza, color u origen nacional, tal como se protege en el Título VI de la Administración Federal de Tránsito (FTA, por sus siglas en inglés) C 4702.1B. Si considera que se le está negando la participación o los beneficios de los servicios de transporte que ofrece la Autoridad de Tránsito Interurbano, puede comunicarse con nuestra oficina a: Autoridad de Tránsito Interurbano, Becky Carten-Crandell, Coordinadora del Título VI, 100 Wiley Road, Apartado Postal 649, Douglas, MI 49406, (269) 857-1301, Fax: (269) 857-3403, Correo electrónico: beckycc@saugatuckinterurban.org. Política y formularios de quejas del Título VI.